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Prohíben de por vida conducir vehículos a conductor que abandonó a víctimas tras colisión en Trehuac

  • Por Comunicado de prensa
  • 29 nov 2017
  • 2 Min. de lectura

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a Joselito del Carmen Bustos Bustos a la pena de 61 días de presidio, en calidad de autor del delito de haber abandonado a la víctima, sin prestarle ayuda y sin haber dado cuenta a la autoridad policial más inmediata; mas 41 de presidio, como autor de cuasidelito de lesiones menos graves. Ilícitos perpetrados en septiembre de 2015, en el sector Maitenco de la comuna de Trehuaco.


En fallo unánime (causa rol 271-2017), el tribunal –integrado por los magistrados Carolina Vásquez (presidenta), Jorge Muñoz y Raúl Romero (redactor)– aplicó, además, a Bustos Bustos las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, accesoria especial de inhabilidad perpetua para conducir vehículos a tracción mecánica, más el pago de una multa de 7 UTM.


Por reunirse en el "caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión condicional, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Chillán, por el lapso de un año", sostiene la sentencia.


El fallo dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 27 de septiembre de 2015, Bustos Bustos “conducía sin haber obtenido licencia para conducir y no atento a las condiciones del tránsito del momento, el vehículo placa patente única DT.2215, marca Chevrolet, por la ruta 126, en el sector Maitenco de la comuna de Trehuaco, cuando al llegar al Km. 141 de la mencionada ruta, pierde el control del vehículo y choca contra un poste del alumbrado público, causando daños a éste y resultando además lesionados, Gerardo Avendaño Valenzuela y Francisco Zapata Pradenas, quienes viajaban con en el mismo vehículo con el acusado”.


“Así –continúa–, Avendaño Valenzuela sufrió una contusión en el cráneo de carácter leve y Zapata Pradenas, heridas cortantes y erosiones faciales, lesiones de carácter menos graves. Los daños causados al poste de alumbrado público fueron avaluados en $3.968.318. Luego de la colisión, el acusado, percatándose de los daños ocasionados y de las lesiones causadas a las víctimas Gerardo Avendaño y Francisco Zapata, se dio a la fuga del lugar, sin prestar la ayuda posible a las víctimas ni dar cuenta a la autoridad policial más inmediata”.

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